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Empresas importadoras enfrentan nuevas exigencias con la aplicación del Régimen Legal 9

Las empresas importadoras en Venezuela deben cumplir desde agosto con un nuevo requisito para nacionalizar mercancías: el Régimen Legal 9 (RL9), una medida que amplía los controles sobre el comercio exterior y exige la obtención de un permiso previo otorgado por el Comité de Comercio Exterior (Comex).

El mecanismo, reactivado en 2025 mediante los Decretos N.º 5.103 y N.º 5.147, establece un filtro adicional para más de 260 códigos arancelarios, que abarcan productos de consumo masivo, bienes industriales y manufacturas. Así lo detalla el especialista en aduanas y comercio exterior Juan Miguel Guerra, en un artículo publicado en el Boletín N.º 2 – 2025 (Septiembre – Octubre) de la Cámara de Integración Económica Venezolano-Colombiana (Cavecol).

«El RL9 dejó de ser una simple licencia especial para convertirse en un permiso previo indispensable para la nacionalización de mercancías sujetas a su aplicación», explicó Guerra. «Su alcance es amplio y representa un cambio sustantivo en la política de control de importaciones».

De la dispensa temporal al control generalizado

El Decreto N.º 5.103, promulgado el 6 de marzo de 2025, introdujo inicialmente el Régimen Legal 9 con una dispensa temporal para productos esenciales como el maíz, el arroz, el azúcar y caraotas. Sin embargo, el Decreto N.º 5.147, publicado el 30 de junio, modificó esa disposición y aceleró su entrada en vigencia, haciendo exigible el permiso desde la primera semana de agosto.

La medida se aplicó en medio de cierta confusión normativa, debido a que el texto del decreto no precisaba si los plazos debían contarse en días hábiles o continuos. Pese a ello, el RL9 comenzó a aplicarse plenamente durante agosto, según la interpretación administrativa más extendida.

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Sectores y productos bajo control

El alcance del RL9 es amplio y abarca tanto insumos industriales como productos de consumo cotidiano. Entre las categorías más afectadas destacan los alimentos básicos y procesados, los artículos de higiene y cuidado personal y las manufacturas y textiles.

Según la clasificación incluida en el informe de Cavecol, el permiso se exige para mercancías como:

  • Productos lácteos, arroz, maíz, aceites comestibles, margarina, bombones, galletas y papas.
  • Champúes, tintes para el cabello, dentífricos, pañales para bebés y toallas sanitarias.
  • Tapas plásticas, neumáticos, textiles, electrodomésticos, bujías, lámparas, muebles de madera, triciclos y artículos de temporada.

El Comité de Comercio Exterior (Comex), una comisión presidencial permanente, es la autoridad encargada de procesar y autorizar las solicitudes de importación bajo el nuevo régimen.

Implicaciones para el comercio

Para los operadores del sector, la medida introduce una barrera no arancelaria de amplio alcance que podría generar demoras, mayores costos y restricciones de oferta en el corto plazo.

Guerra advierte que las empresas deben verificar con detalle los códigos arancelarios aplicables a sus productos, ya que la exigencia del permiso es un requisito previo para la nacionalización en aduanas.

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