El Gobierno de Venezuela aprobó un decreto que exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y de cualquier impuesto, tasa o gravamen aduanero a las mercancías que ingresen al país como parte del equipaje de pasajeros procedentes de la Zona Libre para la Inversión Turística en la Península de Paraguaná (estado Falcón) y del Puerto Libre del estado Nueva Esparta. La medida fue publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 7.014, de fecha 20 de marzo de 2026.
Según el Decreto Nº 5.293, firmado por la presidenta encargada Delcy Rodríguez, la exoneración aplica siempre que el valor total de las mercancías no exceda el equivalente en moneda nacional a 3.000 veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor, publicado por el Banco Central de Venezuela.
El texto señala que ambos regímenes, la Zona Libre de Paraguaná y el Puerto Libre de Nueva Esparta, fueron creados para fomentar la actividad turística y comercial, y que la medida forma parte de los incentivos fiscales que el Ejecutivo busca instrumentar para apoyar ese objetivo.
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Vigencia de cinco años
El decreto establece que la exoneración tendrá una vigencia de cinco años contados a partir de su publicación en Gaceta Oficial. Su ejecución queda a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas y del Ministerio de Turismo.
Asimismo, precisa que el régimen aplicable al equipaje de los pasajeros se regirá por las leyes específicas que regulan la Zona Libre de Paraguaná y el Puerto Libre de Nueva Esparta.


