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Salario indexado en Venezuela: ¿qué es y por qué no funciona como en otros países?

Desde que se anunció el pasado 15 de enero el aumento del Ingreso Mínimo Mensual y se habló sobre la indexación de los bonos de alimentación y del bono de Guerra Económica (que en teoría viene a sustituir al salario mínimo), las dudas sobre lo que es la indexación y cuándo se aplica surgieron entre muchos venezolanos.

Aunque el término «indexación» no es nuevo en el ámbito económico, la aplicación en Venezuela respecto al salario, sí difiere en su forma y ejecución respecto a los demás países. En este artículo de El Interés te explicamos de qué se trata, cuándo se aplica y por qué muchas empresas privadas aseguran que la legislación no está clara al respecto.

Indexación: ¿qué significa en economía?

La palabra indexación hace referencia al método por el cual se vincula el cambio de una variable a la evolución de algún índice. Es decir, en el caso venezolano las variables son el bono de Guerra Económica y el bono de alimentación y el índice es el valor del dólar oficial dictaminado por el Banco Central de Venezuela.

La indexación tiene como finalidad ajustar los pagos de ingresos mediante un índice de precios, para mantener el poder adquisitivo del público. Es algo común de aplicar en los países inflacionarios donde la remuneración de los trabajadores se diluye por el aumento sostenido del costo de la vida.

Algunos países reducen el uso de cláusulas de indexación y aumento del costo de la vida y eliminan esta protección por completo cuando la inflación se reduce a un solo dígito.

Tipos de indexación: No solo es el salario

Desde un punto de vista macroeconómico, existen cuatro categorías principales de indexación: indexación salarial, indexación de tasas de instrumentos financieros, indexación de tasas impositivas e indexación de tipos de cambio.

Los primeros tres tipos de indexación suelen estar asociados a la inflación. El último generalmente está indexado a una moneda extranjera, principalmente el dólar estadounidense. Cualquiera de estos tipos diferentes de indexación se puede revertir (desindexación).

Indexación por dólar y no por inflación

En la mayoría de los países, la indexación del salario se refiere al ajuste por la tasa de inflación. En Venezuela, el Ingreso Mínimo Mensual se ajusta por el valor de la tasa del dólar. Al Venezuela tener una dualidad en el uso de la moneda, en la que el dólar ha ganado terreno en su uso en los últimos años, la indexación del Ingreso Mínimo Mensual al dólar puede parecer apropiado a la población. Sin embargo, desde el punto de vista económico, sería mejor una indexación en función del índice inflacionario.

Lo que sucede en Venezuela, es que el índice inflacionario mensual es mayor que el aumento de la tasa de cambio del dólar, por lo que a pesar que el ingreso mínimo suba en función del precio del dólar, en la práctica alcanza menos porque el costo de la vida es más alto.

El salario no está indexado, el bono sí

El Gobierno anunció el aumento del Bono de Guerra Económica y del bono de alimentación, pero no el aumento del salario mínimo legal, el cual continúa en 130 bolívares. De esta forma, se habla del aumento del Ingreso Mínimo Integral y de que este estará indexado al precio del dólar del Banco Central de Venezuela, el salario no lo está.

En su momento, el mandatario señaló que los trabajadores del sector público recibirían un salario integral de $100 dividido en dos partes: $60 por concepto de bono de guerra económica que se entrega a través del Sistema Patria y otros $40 correspondientes al pago del bono de alimentación o cestaticket. Sin embargo, este pago será en bolívares, al tipo de cambio oficial.

Cestaticket o bono de alimentación: ¿indexado o no?

La duda sobre la indexación se generó principalmente con el bono de alimentación o cestaticket. Este bono también en 2023 se anunció con un monto de $40 indexados. Sin embargo, en la Gaceta Oficial que se emitió posterior al anuncio no se hablaba de indexaciónsino de un monto de 1.000 bolívares mensuales que en primer momento representaban $40, pero que hoy se cambia a $28.

Como el bono de alimentación es obligatorio no solo en la administración pública, sino también en las empresas privadas, entonces la confusión del año pasado entre el anuncio y lo señalado en la Gaceta decantó en que muchas empresas mantuvieran el pago de 1.000 mensuales y no subieran en función del tipo de cambio.

Ante esto, el ministro de Trabajo, Francisco Torrealba, el 16 de enero señaló que desde el 2023 el cestaticket es indexado y que debe pagarse con la indexación y no esperar a que esto aparezca en Gaceta Oficial.

«No se hagan los locos, son $40 indexados… Los empleadores privados tienen que cumplirlo», aseguró Torrealba.

Con información de El Estímulo